Plan Moves III para la instalación de puntos de recarga
Enlazando con las noticias anteriores, hoy te traemos las ayudas del plan MOVES III que aplicarán a la instalación o preinstalación de puntos de recarga.
Como hemos comentado en noticias anteriores, particulares y autónomos ya pueden beneficiarse de estas ayudas en facturas posteriores al 10 de abril, mientras que las empresas deberán esperar a la apertura de convocatorias por parte de las comunidades autónomas.
Una novedad que establece el MOVES III, y que jugará en beneficio de mejorar la infraestructura de recarga a nivel nacional, es que establece la obligación de que los puntos de recarga de acceso público apoyados por el programa, garanticen su operatividad durante al menos cinco años, y de que permitan la recarga puntual a los usuarios de vehículos eléctricos sin necesidad de que medie contrato con el operador del punto de recarga.
Si desgranamos las ayudas por tipo de solicitante, veremos que particulares, autónomos, comunidades de propietarios y entidades locales sin actividad empresarial, se podrán beneficiar de hasta el 70% del coste de la instalación o de las actuaciones de preinstalación de puntos de recarga, siempre que no se superen los límites que veremos más adelante.
Las pequeñas empresas podrán cubrir hasta el 55% del coste total de instalación, porcentaje que dependerá de la potencia del punto de recarga, del tipo de acceso al mismo (si es público o si es privado) y de si se alcanza el límite de las ayudas para este tipo de solicitante.
Las medianas empresas podrían percibir hasta un 45% de subvención, y para las entidades locales con actividad empresarial y las grandes empresas, la ayuda podría llegar al 35% del coste total, teniendo en cuenta que la intensidad final de la ayuda dependerá de los mismos factores afectan al caso de las pequeñas empresas.
Además, en cualquiera de los casos anteriores, siempre que las actuaciones se lleven a cabo en poblaciones con menos de 5.000 habitantes, la intensidad de las ayudas podrían verse incrementadas hasta un 10% adicional dependiendo de la potencia del punto de recarga.
Para conocer con exactitud la cantidad con la que cada solicitante será subvencionado finalmente, deberemos considerar los límites establecidos por el MOVES III, de los que ya hemos hablado con anterioridad y que establecen las cuantías máximas a percibir según el tipo de solicitante. Éstos límites se cifran en las siguientes cantidades:
- Para particulares, hasta 5.000 euros por expediente.
- Para los autónomos la cuantía máxima a percibir vendrá dada por el Reglamento de minimis, que limita a 200.000 euros las ayudas percibidas bajo este régimen en los tres últimos años fiscales.
- Para el resto de figuras, las ayudas podrán alcanzar hasta los 200.000 euros por expediente.
Como un resumen de todo lo expuesto hasta el momento, puede verse la siguiente tabla, en la que se recogen las intensidades de las ayudas y las cuantías máximas a percibir teniendo en cuenta todos los factores considerados:
*Solo aplicable cuando la instalación sea de acceso público
**Regulado por el régimen de minimis
Respecto al tiempo que tardarán en percibirse las ayudas, al igual que ocurre para el caso de la adquisición de vehículos cero emisiones, el Real Decreto establece que las ayudas serán concedidas en un plazo máximo de 6 meses después de su resolución, es decir, tras adquirir el vehículo y comprobar que se cumplen las condiciones para beneficiarse de las mismas.
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- Publicado en SOMOS EMOTION
Plan de ayudas Moves III. Vehículos cero emisiones y de puntos de recarga
El pasado 10 de abril se aprobó en consejo de ministros el Real Decreto 266/2021, por el que se aprueban las ayudas del plan MOVES III, que se extenderá hasta el año 2023. Este plan de ayudas cuenta con 400 millones de euros, ampliables a 800 en función de la demanda, y dotará a Extremadura con 8.969.182 de euros para subvencionar la adquisición de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible, así como para la instalación de puntos de recarga.
Particulares y autónomos ya pueden beneficiarse de estas ayudas en facturas con fecha posterior al 10 de abril, mientras que las empresas deberán esperar a la apertura de la convocatoria por parte de las comunidades autónomas, que dispondrán de un plazo máximo de tres meses a partir de esa fecha. Mientras tanto, el MOVES II seguirá vigente hasta agotar fondos, lo que permitirá a las empresas el poder seguir acogiéndose a este plan y evitar, de este modo, un periodo sin ayudas.
Al igual que en plan MOVES II las ayudas del MOVES III también son aplicables a vehículos en régimen de renting, siempre que el contrato tenga una duración mínima de 2 años. En dicho contrato deberá quedar detallado que, el arrendatario del vehículo es el destinatario final de la ayuda, y que una vez la empresa de renting la reciba, en la misma fecha, aplicará el total de dicha ayuda a la reducción de las cuotas pendientes de pago.
El plan subvencionará con hasta 9.000 euros la compra de furgonetas eléctricas, con hasta 7.000 euros la compra de turismos eléctricos y con hasta 1.300 euros la compra de motocicletas eléctricas, siempre que el comprador entregue un vehículo con más de 7 años de antigüedad para su achatarramiento (dicho vehículo debe haber estado a nombre del comprador un mínimo de 12 meses), con el fin de acelerar la renovación del parque automovilístico español.
Además, la ayuda se incrementará en un 10% adicional a los empadronados en localidades con menos de 5.000 habitantes, a personas con discapacidad por movilidad reducida que necesiten adaptar su vehículo y a los destinados a uso profesional (taxi o VTC), no siendo acumulables entre sí estos incrementos.
Adicionalmente a todas las cuantías especificadas, los concesionarios deberán aplicar un descuento de 1.000 euros, lo cual incrementa el atractivo de estas ayudas para la adquisición de turismos y furgonetas.
En lo que a instalación de puntos de recarga se refiere, para autónomos, particulares, comunidades de propietarios y entidades locales sin actividad empresarial, las ayudas podrían cubrirhasta el 70% del coste de las instalaciones o de las actuaciones de preinstalación. Además, al igual que en el caso de adquisición de vehículos, estas ayudas para puntos de recarga también podrán verse incrementadas en hasta un 10% adicional para las actuaciones realizadas en poblaciones con menos de 5.000 habitantes.
Por otro lado, en el caso de las empresas, la intensidad de la ayuda dependerá de la potencia del punto de recarga que se desea instalar, pudiendo llegar hasta el 55% para las pequeñas empresas, el 45% para las medianas, y las grandes empresas podrán recibir hasta un 35% del coste total.
Al igual que las grandes empresas, las entidades locales con actividad empresarial se podrán beneficiar de hasta un 35% del coste total.
Además, como un modo de garantizar la calidad de la red de recarga nacional, MOVES III establece la obligación de que las infraestructuras de recarga de acceso público que sean apoyadas por el programa garanticen su operatividad durante, al menos, cinco años, y que permitan la recarga puntual a los usuarios de vehículos eléctricos sin necesidad de que medie contrato con el operador del punto de recarga.
Respecto al tiempo que tardarán en percibirse las ayudas, una vez solicitadas, el Real Decreto establece que las ayudas serán concedidas en un plazo máximo de 6 meses después de su resolución, es decir, tras adquirir el vehículo y comprobar que se cumplen las condiciones para beneficiarse de las mismas.
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