Enlazando con las noticias anteriores, hoy te traemos las ayudas del plan MOVES III que aplicarán a la instalación o preinstalación de puntos de recarga.
Como hemos comentado en noticias anteriores, particulares y autónomos ya pueden beneficiarse de estas ayudas en facturas posteriores al 10 de abril, mientras que las empresas deberán esperar a la apertura de convocatorias por parte de las comunidades autónomas.
Una novedad que establece el MOVES III, y que jugará en beneficio de mejorar la infraestructura de recarga a nivel nacional, es que establece la obligación de que los puntos de recarga de acceso público apoyados por el programa, garanticen su operatividad durante al menos cinco años, y de que permitan la recarga puntual a los usuarios de vehículos eléctricos sin necesidad de que medie contrato con el operador del punto de recarga.
Si desgranamos las ayudas por tipo de solicitante, veremos que particulares, autónomos, comunidades de propietarios y entidades locales sin actividad empresarial, se podrán beneficiar de hasta el 70% del coste de la instalación o de las actuaciones de preinstalación de puntos de recarga, siempre que no se superen los límites que veremos más adelante.
Las pequeñas empresas podrán cubrir hasta el 55% del coste total de instalación, porcentaje que dependerá de la potencia del punto de recarga, del tipo de acceso al mismo (si es público o si es privado) y de si se alcanza el límite de las ayudas para este tipo de solicitante.
Las medianas empresas podrían percibir hasta un 45% de subvención, y para las entidades locales con actividad empresarial y las grandes empresas, la ayuda podría llegar al 35% del coste total, teniendo en cuenta que la intensidad final de la ayuda dependerá de los mismos factores afectan al caso de las pequeñas empresas.
Además, en cualquiera de los casos anteriores, siempre que las actuaciones se lleven a cabo en poblaciones con menos de 5.000 habitantes, la intensidad de las ayudas podrían verse incrementadas hasta un 10% adicional dependiendo de la potencia del punto de recarga.
Para conocer con exactitud la cantidad con la que cada solicitante será subvencionado finalmente, deberemos considerar los límites establecidos por el MOVES III, de los que ya hemos hablado con anterioridad y que establecen las cuantías máximas a percibir según el tipo de solicitante. Éstos límites se cifran en las siguientes cantidades:
- Para particulares, hasta 5.000 euros por expediente.
- Para los autónomos la cuantía máxima a percibir vendrá dada por el Reglamento de minimis, que limita a 200.000 euros las ayudas percibidas bajo este régimen en los tres últimos años fiscales.
- Para el resto de figuras, las ayudas podrán alcanzar hasta los 200.000 euros por expediente.
Como un resumen de todo lo expuesto hasta el momento, puede verse la siguiente tabla, en la que se recogen las intensidades de las ayudas y las cuantías máximas a percibir teniendo en cuenta todos los factores considerados:
*Solo aplicable cuando la instalación sea de acceso público
**Regulado por el régimen de minimis
Respecto al tiempo que tardarán en percibirse las ayudas, al igual que ocurre para el caso de la adquisición de vehículos cero emisiones, el Real Decreto establece que las ayudas serán concedidas en un plazo máximo de 6 meses después de su resolución, es decir, tras adquirir el vehículo y comprobar que se cumplen las condiciones para beneficiarse de las mismas.
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