Plan Moves III para la adquisición de vehículos cero emisiones

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Como anunciábamos hace unos días, el pasado 10 de abril se aprobó en consejo de ministros el Real Decreto 266/2021, por el que se aprueban las ayudas del plan MOVES III, que dotará a Extremadura con 8.969.182 de euros para subvencionar la adquisición de vehículos eléctricos, híbridos enchufables y de pila de combustible, así como para la instalación de puntos de recarga.

 

Como entonces lo tratamos de un modo general, hoy queremos desgranar el MOVES III centrándonos en las ayudas que aplican en la adquisición de vehículos cero emisiones que, al igual que en plan MOVES II, también son aplicables a vehículos en régimen de renting. En este caso, para poder ser beneficiario, el contrato deberá tener una duración mínima de 2 años y detallar que el arrendatario del vehículo es el destinatario final de la ayuda, añadiendo que, una vez la empresa de renting la reciba, en la misma fecha, aplicará el total de la misma a la reducción de las cuotas pendientes de pago.

 

Además, el MOVES III contempla, como opción, el achatarramiento de vehículos, definido como la entrega de un vehículo para desguace con más de 7 años de antigüedad que lleve a nombre del comprador un mínimo de 12 meses. Con esta opción de achatarramiento, las cuantías finales de las ayudas pueden verse incrementadas notablemente, como puede comprobarse en las tablas que presentamos en este artículo.

 

Particulares y autónomos ya pueden beneficiarse de estas ayudas en facturas con fecha posterior al 10  de abril, mientras que las empresas deberán esperar a la apertura de convocatorias por parte de las comunidades autónomas, que dispondrán de un plazo máximo de tres meses desde la fecha indicada.

 

Ayudas a particulares, autónomos y administraciones públicas

En estos casos, las ayudas podrán alcanzar las siguientes cuantías:

  • Turismos eléctricos (M1) – Hasta 7.000 euros
  • Furgoentas (N1) – Hasta 9.000 euros
  • Triciclos (L5e) y motocicletas con (L4e) o sin sidecar (L3e) – Hasta 1.300 euros
  • Cuadriciclos ligeros (L6e) – Hasta 1.600 euros
  • Cuadriciclos (L7e) – Hasta 2.000 euros

 

Además, se concederá un 10% adicional a los empadronados en localidades con menos de 5.000 habitantes, a personas con discapacidad por movilidad reducida, que necesiten adaptar su vehículo, y a los destinados a uso profesional (taxi o VTC), pudiendo así alcanzar los 9.900 euros en la compra de furgonetas y los 7.700 euros la compra de turismos. Estos puntos porcentuales adicionales no serán acumulables entre sí.

 

Adicionalmente, los concesionarios deberán aplicar un descuento de al menos 1.000 euros, que debe ir detallado en la factura como Plan MOVES III, lo cual incrementa el atractivo de estas ayudas para la adquisición de turismos y furgonetas.

 

A continuación, mostramos una tabla resumen con las ayudas del MOVES III que aplican para particulares, autónomos y administraciones públicas, a las que habría que añadir el descuento del concesionario y sumar el 10% adicional cuando sea aplicable.

FCV – Vehículo de pila de combustible

FCHV – Vehículo híbrido de pila de combustible

PHEV – Vehículo híbrido enchufable

EREV – Vehículo eléctrico de rango extendido (llevan un generador diesel o gasolina unicamente para recargar las baterías, nunca para mover el vehículo)

BEV – Vehículo eléctrico puro

 

Ayudas a PYMES y a grandes empresas

En este caso, las ayudas variarán dependiendo del tamaño de empresa, pudiendo alcanzar las siguientes cuantías:

  • Turismos eléctricos (M1):
    • PYMEs – Hasta 4.000 euros
    • Gran Empresa – Hasta 3.000 euros
  • Furgoentas (N1):
    • PYMEs – Hasta 5.000 euros
    • Gran Empresa – Hasta 4.000 euros
  • Triciclos (L5e) y motocicletas con (L4e) o sin sidecar (L3e):
    • PYMEs – Hasta 950 euros
    • Gran Empresa – Hasta 900 euros
  • Cuadriciclos ligeros (L6e) – Hasta 1.000 euros en ambos casos
  • Cuadriciclos (L7e) – Hasta 1.500 euros en ambos casos

Al igual que para particulares, autónomos y administraciones públicas, en caso de no achatarrar un vehículo, estas cuantías se verían reducidas, exceptuando el caso de los vehículos L6e y L7e, que no se ven afectados por el achatarramiento o no de un vehículo equivalente.

 

De igual manera, los concesionarios también deberán aplicar un descuento adicional de al menos 1.000 euros para que su cliente final pueda acogerse a la ayuda.

 

A continuación, mostramos una tabla resumen con las ayudas del MOVES III para el caso de las PYMES y grandes empresas, a las que habría que añadir el descuento del concesionario.

FCV – Vehículo de pila de combustible

FCHV – Vehículo híbrido de pila de combustible

PHEV – Vehículo híbrido enchufable

EREV – Vehículo eléctrico de rango extendido (llevan un generador diesel o gasolina unicamente para recargar las baterías, nunca para mover el vehículo)

BEV – Vehículo eléctrico puro

 

Respecto al tiempo que tardarán en percibirse las ayudas, una vez solicitadas, el Real Decreto establece que las ayudas serán concedidas en un plazo máximo de 6 meses después de su resolución, es decir, tras adquirir el vehículo y comprobar que se cumplen las condiciones para beneficiarse de las mismas.

 

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